Menos miedo al IBAN obligatorio desde Febrero

A partir del próximo día uno de febrero los antiguos códigos de identificación bancaria CCC dejarán de utilizarse dando paso al uso del IBAN, un uso obligatorio para realizar cualquier tipo de operación bancaria por lo que resulta muy conveniente y ya conociendo nuestros números en este sentido y, proporcionándolos a aquellos con los que realizamos transacciones de manera habitual, por ejemplo cobrar nuestras nóminas.

Este código, ya utilizado anteriormente por las entidades bancarias para las transferencias internacionales, es el que a partir del citado mes de febrero servirá para identificación tanto nacional como internacional en nuestra cuenta bancaria, se trata de un sistema que busca facilitar la comunicación de transparencia que los bancos en la unión europea, a partir de la aplicación de un único código.

Código IBAN obligatorio a partir del mes de Febrero

Debemos tener en cuenta este código, que podemos obtener fácilmente simplemente en nuestra entidad financiera habitual, va a pasar a formar parte de manera plena e inmediata de operaciones tan cotidianas como las transferencias bancarias, la domiciliación de recibos o los pagos con tarjetas, por lo que resulta simplemente fundamental disponer de él de manera lo más rápido posible y por supuesto antes del citado mes de febrero.

El formato del numero IBAN se basa en cuatro caracteres iniciales compuestos del código del país con los signos y un código de control con dos dígitos, posteriormente a estos cuatro caracteres se unirían los 20 dígitos de la cuenta bancaria del usuario con lo cual quedaría confirmado un número de referencia compuesto el total por 24 signos o dígitos.

Como decíamos la obtención de este nuevo número de control bancario es tan sencilla como solicitarlo antes del mes de febrero (o después) a nuestras entidades financieras habituales, sin embargo el gobierno prevé un sistema de conversión temporal que permitirá a los bancos transformar los CCC en IBAN al menos hasta el año 2016.

¿Miedo al cambio?

Aunque en los últimos meses haya podido leer un gran número de mensajes relativos a los problemas de este cambio, mensajes en los que por ejemplo se afirmaba que sin proporcionar de manera personal su IBAN no se podrían realizar operaciones como recibir el pago de nóminas etc, lo cierto es que si aún no ha recibido por parte de su empresa una solicitud formal de comunicación de este dato tampoco como para ponerse excesivamente nervioso.

La obtención del IBAN a través del actual sistema de identificación bancario resulta sencillo y las funcionalidades para convertir CCC en IBAN se han multiplicado en los últimos meses por lo que  resulta probable que ni siquiera se le consulte para realizar el cambio ya que este se realiza de manera simple y rápida a partir de la numeración habitual de cuenta hasta ahora.

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