Qué ocurre si devuelvo mis recibos en el banco

La devolución de recibos desde luego no es un fenómeno novedoso pero el uso de estas devoluciones al que muchas familias se ven obligadas, jugando con los límites de los últimos plazos antes de los cortes de suministro, se ha multiplicado exponencialmente en los últimos años. En esta situación resulta desde luego primordial conocer que sucede con estas devoluciones.

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Lo que en principio se adjudicaba en mayor medida a servicios como telefonía móvil e Internet alcanza ya a todos los suministros. Este aplazamiento de los pagos basado en la devolución de los recibos hasta el límite máximo anterior al corte de suministro se ha convertido para muchas familias en cotidiano y sin embargo, puede acabar acarreando consecuencias poco gratas.

Que dice la ley sobre la devolución de recibos

Se contemplan dos grandes grupos de supuestos:

Cuando el cliente tenga conocimiento de que se ha producido una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente, deberá comunicar la misma sin tardanza injustificada a la entidad, a fin de poder obtener rectificación de ésta y, salvo en los casos en los que la entidad no le hubiera proporcionado o hecho accesible al usuario la información correspondiente a la operación de pago, la comunicación deberá producirse en un plazo máximo de trece meses desde la fecha del apunte (se puede pactar un plazo inferior si el usuario no fuera consumidor, en cuyo caso habrá que estar a lo pactado).

Si el adeudo estaba previamente autorizado, la ley indica que el cliente tendrá derecho a la devolución de la cantidad total correspondiente a las operaciones de pago autorizadas siempre que se satisfagan las siguientes condiciones:

El cliente y la entidad podrán convenir en el contrato marco que el ordenante tenga derecho a devolución de adeudos domiciliados incluso cuando no se cumplan las condiciones para la devolución contempladas anteriormente. El plazo máximo para dar esta orden de devolución es de ocho semanas, contadas a partir de la fecha de adeudo de los fondos en la cuenta del cliente.

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Devolver recibos: consecuencias

Al margen de los controvertidos recargos, a los que dedicaremos un artículo próximamente, la consecuencia más inmediata de una política de devolución sistemática de recibos es el corte de suministro.

Sin embargo, y con lo grave que lo anterior puede resultar, ahí no acaban los problemas. Realmente el corte del suministro, y dependiendo del suministrador, puede ser entendido como una baja del servicio o no, si nuestra intención era realmente no continuar con ese servicio esto puede suponer directamente próximas facturaciones si no hemos comunicado previamente nuestra intención de causar baja.

Aquí debemos tener en cuenta que determinados sectores, como por ejemplo el de la telefonía móvil, no resultan especialmente sencillos a la hora de solicitar las bajas.

Derivado de lo anterior son muchas las empresas suministradoras que automatizan el traslado de los deudores a las listas de morosidad con lo que esto supone.

En resumen

Del mismo modo que el sobreendeudamiento a base de crédito cargado a una tarjeta puede resultar una solución temporal pero a la larga acaba generando siempre problemas, el hecho de mantener una política de retraso constante de los recibos puede tarde o temprano concluir en un corte de suministro y un paso a las listas de morosidad en las que resulta sencillo entrar pero muy complejo salir.

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